El Tribunal Supremo deja a Xardín das Burgas sin indemnización alguna por su fallido hotel balneario

p. seoane OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Álvaro Vaquero

Concello de Ourense y Xunta de Galicia quedan liberados de una reclamación de 16 millones de euros

29 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo ni ha discutido el fondo del recurso con el que Xardín das Burgas S. A. pretendía obtener del Concello de Ourense y de la Xunta algo más de dieciséis millones de euros. Es el perjuicio que la firma considera haber sufrido al no construir su proyectado hotel balneario en el entorno de As Burgas, sobre el espacio en su día ocupado por la desaparecida casa de baños. El Tribunal Superior de Galicia (TSXG) ya había desestimado hace algo más de un año la posición de la empresa y ahora, en respuesta al recurso de casación presentado por Xardín das Burgas, la sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo acaba de cerrar la posibilidad de que la firma obtenga algún beneficio de aquella fallida inversión.

Hacía la empresa referencia en su recurso a los daños y perjuicios derivados de la aprobación del decreto de la Xunta de Galicia que en febrero del 2007 había concedido la categoría de conjunto histórico al espacio de As Burgas y su entorno.

La providencia del Supremo, dictada con fecha del 22 de este mes, considera que al escrito de la empresa le falta fundamentación suficiente para que la sala entre a analizar el fondo. Adolece, igualmente, de «interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia».

Pretendía Xardín das Burgas dar la vuelta a la posición del Tribunal Superior de Galicia, que había desestimado la primera reclamación de responsabilidad patrimonial planteada por la empresa contra la Xunta y también contra la resolución del Concello de Ourense, que en febrero del 2015 rechazó con planteamientos similares la demanda económica de la promotora del hotel.

La empresa detalla en sus recursos un gasto de algo más de seis millones de euros desde que empezó con este proyecto en el año 1999. El resto de la cantidad reclamada, hasta los dieciséis millones que pedían, lo justificaban por los perjuicios del estancamiento y paralización de un proyecto con gran perspectivas de negocio en Ourense.

La decisión del Supremo refrenda y da firmeza a la sentencia del TSXG, que en octubre del 2017 tildó de «desmesurada» la petición económica de Xardín das Burgas. Enfatizaba la sentencia que las determinaciones de la ordenación urbanística «no confieren derecho a exigir indemnización» si se producen cambios, como ha ocurrido en este caso. La previsión de edificabilidad no se integra «en el contenido del derecho de propiedad del suelo y la patrimonialización de la edificabilidad se produce únicamente con su realización efectiva».

La controvertida y discutida construcción del hotel balneario en As Burgas, con un muy notable aumento de la edificabilidad, se sustentaba en un convenio urbanístico formalizado en el 2000 por la empresa promotora y el Concello de Ourense, entonces regido por el PP. Xardín das Burgas inició la tramitación, con proyecto y solicitud de licencia, entre los años 2004 y 2006, aunque el expediente quedó paralizado una vez que se iniciaron los trámites para la declaración de As Burgas como Ben de Interese Cultural (BIC). Pasaba a ser necesario un permiso de Patrimonio que nunca llegó a ser concedido, en un momento en el que la Xunta era gobernada por PSOE y BNG, grupos que desde el inicio se opusieron a dar luz verde a aquel «pelotazo urbanístico, como reiteradamente lo calificaron.

La decisión de Supremo libera al Concello de Ourense del peso de una de las reclamaciones económicas más fuertes de cuantas siguen vivas en diferentes procedimientos judiciales.

El alto tribunal reafirma así la posición del TSXG, que en el 2017 falló contra la empresa